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Revista periodística


Salta cuenta con su propia Ley de Ficha Limpia

La Corte de Justicia de la provincia sentó un precedente importante al validar la constitucionalidad de la ley de Ficha Limpia.

Salta Hoy

29 / 11 / 2024

 

 

Las personas condenadas y con sentencia firme en segunda instancia no podrán ser candidatos a cargos provinciales o municipales en Salta. 

La Corte rechazó un recurso de inconstitucionalidad contra la ley 8275 y su reforma por ley 8443.

“La sociedad llegó a un punto de hartazgo con el tema de la corrupción” dijo por esta emisora Teresa Ovejero, presidenta de la Corte al defender el pronunciamiento.

La acción de inconstitucionalidad contra la ley de Ficha Limpia había sido promovida, entre otros argumentos, señalando que la ley violaba el principio de cosa juzgada y el principio de inocencia. Además sostenían que se creaba una nueva sanción de inhabilitación.

“La ley cuestionada sostiene en su artículo 1 que: “No podrán ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia por el plazo que dure la condena y la mitad más del tiempo de su duración, computado a partir del momento en que el tribunal de segunda instancia dicte la sentencia confirmatoria”, remarcó Ovejero.

“Se trata de asegurar la protección ética del proceso electoral, garantizando a la sociedad el derecho a votar por quien le ofrezca las condiciones ético-jurídicas de ejercer el mandato que le venga conferido”, expresó. 

Ovejero indicó que el gran avance que da la ley salteña es la incorporación de los delitos de narcotráfico.

“Tenemos que garantizar en nuestras elecciones representantes con idoneidad moral”, dijo la Presidenta de la Corte de Justicia de Salta. 

 

NOMBRE RAREIO