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Red narco en la cárcel de Villa Las Rosas

Los ocho funcionarios del Servicio Penitenciario fueron hallados culpables. Los dos internos del penal y familiares de los alojados en el penal recibieron penas de entre 1 y 9 años y 6 meses.

Salta Hoy

16 / 10 / 2025

 

 

El Tribunal integrado por los jueces Federico Diez (presidente), Paola Marocco y Javier Aranibar (interino) condenó a los responsables de la organización narcocriminal que operaba en la Unidad Carcelaria 1.

S. F. M. fue condenado a la pena de diez años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa coom autor de los delitos de exacciones ilegales agravadas (tres hechos) y como coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita todo en concurso real.

F.A.B. fue condenado a la pena de diez años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta y perpetua y multa como autor de delitos de exacciones ilegales agravadas (cinco hechos), coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita todo en concurso real.

J.L.A. fue condenado a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa como autor penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas (tres hechos) coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita todo en concurso real.

M.M.B.G. fue condenado a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa por ser autor del delito de exacciones ilegales agravadas (un hecho), coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita todo en concurso real.

R.A.A. fue condenado a la pena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa como autor penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas (un hecho), coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo en concurso real.

L.R.C. fue condenado a la pena de seis años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautor responsable del delito de coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de los presos y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo en concurso real.

M.O.M. fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua como autor de los delitos de exacciones ilegales agravadas (cinco hechos) y miembros penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

R.A.G. fue condenado a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua como autor del delito de exacciones ilegales agravadas (un hecho), incumplimiento de los deberes de funcionario público (tres hechos) y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

D.B.C. fue condenado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar partícipe necesario penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas (tres hechos). 

M.M. fue condenado a la pena de nueve años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real. En este caso los jueces además le unificaron la pena con una vigente en la pena única de diecinueve años y seis meses de prisión efectiva y multa.

M.I.M. fue condenada a la pena de nueve años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautora del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo en concurso real.

H.G.B. fue condenado a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real. El condenado fue declarado reincidente por segunda vez.

I.M.G. fue condenada a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautora penalmente responsable del delito de coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

N.J.L. fue condenada a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como partícipe necesaria y penalmente responsable del delito comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

P. del R.F. fue condenada a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como partícipe secundaria y penalmente responsable del delito de de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

S.V.A. fue absuelta por retiro de la acusación fiscal.

M.C.G. fue condenada a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y multa como coautora del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas realizada en un lugar de detención y por ser miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

J.J.V. fue absuelto por retiro de la acusación fiscal.

A.A.A. fue condenada a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo y multa por resultar autora penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes unificándosele la pena con una anterior en la pena única de ocho años y dos meses de prisión efectiva y multa.

El tribunal ordenó extraer copias de las actas testimoniales de M.A.R. y correr vista a la fiscalía ante la posible comisión de un delito de acción pública.

Los fundamentos del veredicto serán leídos en cinco días hábiles.

 

NOMBRE RAREIO