Diputados le dio media sanción a la Ley de Inviolabilidad y restituyó la Ley de Tierras
La iniciativa obtuvo 124 votos a favor y contempla desalojos más rápidos, nuevas condiciones para las expropiaciones y límites a la compra de tierras rurales por extranjeros. Como sufrió modificaciones, el proyecto deberá regresar al Senado.
Argentina
21 / 10 / 2026
La Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles 21 de octubre el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el gobierno de Javier Milei que busca introducir cambios importantes en las normas que regulan la propiedad de inmuebles en Argentina. El texto establece procedimientos más rápidos para recuperar viviendas y terrenos ocupados, modifica las condiciones bajo las cuales el Estado puede realizar expropiaciones y contempla nuevas disposiciones sobre registros inmobiliarios. Además, durante su tratamiento se incorporó un capítulo que restablece restricciones a la compra de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras.
La votación fue ajustada: 124 diputados acompañaron el proyecto, 119 se pronunciaron en contra y seis se abstuvieron. El resultado permitió al oficialismo avanzar con una de sus iniciativas vinculadas con la protección de la propiedad privada, aunque el texto todavía no se convirtió en ley. Como Diputados introdujo modificaciones a la versión que había aprobado previamente el Senado, la iniciativa deberá regresar a la Cámara alta para completar su tratamiento legislativo.
Aunque buena parte del debate político se concentró en la restitución de la Ley de Tierras, el proyecto tiene un alcance más amplio y podría introducir modificaciones en situaciones cotidianas que involucran a propietarios, inquilinos y ocupantes de inmuebles. Entre los aspectos centrales aparecen los desalojos judiciales, los plazos para reclamar deudas de alquiler y las condiciones que deberán cumplirse cuando el Estado necesite expropiar una propiedad por razones de utilidad pública. Estos cambios todavía no están vigentes y su aplicación dependerá de que el Congreso complete la sanción y de las competencias que correspondan a cada jurisdicción.
Desalojos más rápidos: uno de los principales cambios que propone la ley
Uno de los puntos más relevantes del proyecto es la creación de un procedimiento judicial más rápido para recuperar inmuebles ocupados sin autorización o cuya restitución se encuentre en discusión. La iniciativa contempla mecanismos sumarísimos destinados a reducir los tiempos que actualmente pueden demandar determinados procesos de desalojo, con el argumento de brindar mayor protección a los propietarios que buscan recuperar sus viviendas, locales comerciales o terrenos.
En situaciones de ocupación ilegítima, el proyecto prevé que el juez pueda disponer la restitución anticipada del inmueble cuando se acrediten los requisitos establecidos por la normativa. La propuesta también contempla plazos breves para que se efectúen determinadas actuaciones judiciales. Esto no significa que los propietarios queden habilitados para desalojar por su cuenta ni que toda denuncia derive automáticamente en una expulsión, sino que busca modificar el procedimiento mediante el cual la Justicia analiza y resuelve estos conflictos.
Durante el debate legislativo, los representantes del oficialismo defendieron la necesidad de agilizar la recuperación de propiedades y evitar que los dueños tengan que atravesar procesos judiciales prolongados. Desde distintos bloques opositores, en cambio, se plantearon cuestionamientos sobre las garantías de los ocupantes, particularmente cuando existen situaciones de vulnerabilidad social o reclamos relacionados con comunidades originarias.
Qué pasaría con los inquilinos que deben meses de alquiler
Otro aspecto de interés para quienes alquilan una vivienda es el procedimiento previsto ante el incumplimiento del pago. El proyecto contempla que, cuando exista una deuda de alquiler, el propietario deberá realizar una intimación para que el inquilino regularice su situación antes de avanzar con una demanda de desalojo.
En los contratos destinados a vivienda, el texto establece un plazo de al menos diez días corridos desde la recepción de la intimación para que el locatario pueda pagar la deuda. Si el incumplimiento continúa y no se restituye el inmueble, el propietario podrá iniciar la correspondiente acción judicial.
La modificación apunta principalmente al procedimiento de recuperación del inmueble, y no implica que todos los contratos de alquiler deban renovarse ni que cambien automáticamente los montos pactados. Tampoco significa que una persona pueda ser desalojada de inmediato por atrasarse en una cuota. La existencia de una deuda, la intimación y las actuaciones judiciales deberán analizarse conforme a las condiciones legales aplicables.
Nuevas condiciones para las expropiaciones del Estado
El proyecto también introduce modificaciones en el régimen de expropiaciones, que permite al Estado adquirir obligatoriamente una propiedad privada cuando existe una causa de utilidad pública declarada conforme a la legislación.
La iniciativa busca establecer criterios más exigentes para justificar estas decisiones y modifica aspectos del cálculo de las indemnizaciones. Entre los cambios discutidos se encuentra la posibilidad de reconocer determinados perjuicios económicos acreditados, dentro de los límites que establezca la nueva normativa, así como la necesidad de fundamentar las medidas de acuerdo con criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
La discusión enfrenta dos perspectivas. Sus defensores sostienen que las nuevas disposiciones permitirían evitar decisiones arbitrarias y ofrecer mayor previsibilidad a los propietarios. Los sectores críticos advierten que elevar los requisitos y costos de una expropiación podría dificultar determinadas obras públicas o políticas relacionadas con necesidades colectivas.
El alcance de estas modificaciones deberá analizarse en relación con las leyes provinciales y las atribuciones constitucionales de cada jurisdicción, especialmente cuando se trate de expropiaciones impulsadas por gobiernos provinciales.
Ley de Tierras: vuelven los límites a la compra de campos por extranjeros
Uno de los cambios políticos más importantes se produjo durante el tratamiento del proyecto en Diputados. El oficialismo incorporó dos artículos destinados a dejar sin efecto la derogación de la Ley de Tierras Rurales y restablecer su vigencia.
La modificación contempla la eliminación del artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Gobierno había dispuesto la derogación de la Ley 26.737, sancionada en 2011. Esta normativa establece restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales, entre ellas el límite general del 15% de titularidad extranjera en los ámbitos territoriales previstos por la ley.
La iniciativa también establece restricciones específicas sobre la cantidad de hectáreas que pueden adquirir determinados titulares extranjeros, según las características de la región y las equivalencias establecidas por la normativa. Su objetivo es regular la participación de capitales extranjeros en la propiedad rural argentina, incluyendo zonas consideradas estratégicas por sus recursos naturales.
La incorporación de este capítulo representa un cambio respecto de la posición que el Gobierno había sostenido al comienzo de su gestión, cuando impulsó la eliminación de las restricciones para la compra de tierras por extranjeros. En esta oportunidad, el oficialismo aceptó restituir esos límites como parte de las negociaciones parlamentarias necesarias para avanzar con el proyecto general.
El capítulo relacionado con la Ley de Tierras obtuvo 239 votos afirmativos, cuatro negativos y seis abstenciones, una mayoría considerablemente más amplia que la registrada durante la votación general del proyecto.
Cómo fue la votación en Diputados y qué falta para que sea ley
La aprobación en general fue posible gracias al respaldo de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y otros sectores legislativos, mientras que Unión por la Patria, el Frente de Izquierda y distintos diputados provinciales votaron en contra. También se registraron divisiones en bloques federales y seis abstenciones, correspondientes a cinco legisladores cordobeses y al diputado Álvaro González, del PRO.
La iniciativa había recibido media sanción del Senado en agosto, pero su paso por Diputados introdujo cambios importantes, especialmente con la reincorporación de la Ley de Tierras. Por esa razón, el texto deberá volver a la Cámara alta.
El Senado tendrá que decidir si acepta las modificaciones aprobadas por Diputados o si insiste con su redacción anterior, conforme a las mayorías constitucionales requeridas. Hasta que se complete ese procedimiento y la norma sea promulgada y publicada, las modificaciones propuestas no podrán presentarse como obligaciones ya vigentes.
De esta manera, el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada supera una etapa importante dentro del Congreso, pero todavía mantiene abierto el debate sobre el equilibrio entre la protección de los propietarios, las garantías judiciales de los ocupantes, la intervención estatal y los límites a la adquisición de tierras por extranjeros.